Los impuestos que tiene que presentar una farmacia (y cuándo hacerlo).

¡Hoy venimos a hablaros de uno de los mayores dolores de cabeza de los farmacéuticos!

Y te preguntarás cual es, ¿verdad? 

Pues no es otro que el calendario de plazos que tiene nuestra amiga hacienda y que tú tienes que cumplir.

Empecemos por eso que denominamos “trimestre”, si sí ese en el cual siempre recibes la llamada/correo/whatsApp de tu asesor para que le envíes toda la documentación y así poder preparar el impuesto a presentar.

Tener una farmacia no es solo atender a tu paciente y gestionar pedidos. A nivel fiscal, también hay una serie de impuestos que hay que presentar a lo largo del año… y conviene tenerlos bien controlados para evitar sustos.

Así que vamos a ver, qué impuestos presenta una farmacia y cuáles son los plazos más importantes.

1️⃣ IVA: el impuesto “estrella”

La oficina de farmacia tributa en IVA en régimen especial de recargo de equivalencia cuando el titular es persona física (autónomo) y realiza venta minorista.

¿Qué implica el recargo de equivalencia?

En este régimen:

  • ❌ No presentas modelo 303
  • ❌ No presentas modelo 390
  • ❌ No deduces el IVA soportado

Aunque puede haber excepciones que obliguen a presentar el modelo, por ejemplo, cuando la farmacia presta “servicios”, tales como dermo asesorías, cesión de datos (IQVIA, MICRODATA…), alquiler de productos ortopédicos e incluso esas facturas de amazon, meta, google, adobe, etc que muchas veces son facturas intracomunitarias las cuales te hacen ingresar el IVA.

¿Qué se presenta en ese caso?

  • Modelo 303 (trimestral)
    Se presenta en:
    • Abril (1º trimestre)
    • Julio (2º trimestre)
    • Octubre (3º trimestre)
    • Enero (4º trimestre)
  • Modelo 390 (resumen anual)
    Hasta el 30 de enero.

2️⃣ IRPF 

👉 Titular autónomo

Lo más habitual es que el farmacéutico titular tribute en IRPF (estimación directa).

  • Modelo 130 (pagos a cuenta, trimestral)
    Se presenta en los mismos meses que el IVA.
  • Declaración de la Renta
    Entre abril y junio del año siguiente.

3️⃣ Retenciones: si tienes empleados o alquiler

Si la farmacia tiene trabajadores (que es lo habitual), cada trimestre hay que presentar:

  • Modelo 111 (retenciones de nóminas y profesionales)

Y si el local está alquilado:

  • Modelo 115 (retenciones por alquiler)

Además, en enero hay que presentar los resúmenes anuales:

  • Modelo 190 (trabajadores)
  • Modelo 180 (alquiler)

4️⃣ Modelo 347: operaciones con terceros

Si durante el año se han realizado operaciones por más de 3.005,06 € con algún proveedor (laboratorios, distribuidores…) o cliente, hay que presentar el:

  • Modelo 347, en febrero.

Resumen rápido del calendario (eje cronológico)

Una farmacia tiene prácticamente las mismas obligaciones fiscales que cualquier negocio, pero con la particularidad de la facturación al sistema público y los distintos tipos de IVA.

Tener claro el calendario fiscal es clave para:

✔️ Evitar sanciones.
✔️ Tener controlada la tesorería.
✔️ Planificar mejor los pagos.

En Audifarma somos asesores especializados en farmacias y llevamos años ayudando a titulares como tú a cumplir con todas sus obligaciones fiscales sin agobios, sin sustos y con total tranquilidad. Si quieres olvidarte de calendarios, modelos y plazos, y centrarte en lo que de verdad importa —tu farmacia y tus pacientes—, estamos aquí para acompañarte. Déjanos la parte fiscal y contable; tú concéntrate en hacer crecer tu farmacia. ¡Hablemos!

Andrea Giner Técnico Contable