El contrato por sustitución de vacaciones en la farmacia

¿El contrato de sustitución de vacaciones es un contrato temporal?

En el sector farmacéutico, y concretamente en las farmacias, es habitual realizar contratos temporales para cubrir las vacaciones del personal titular y fortalecer la plantilla durante los meses de verano. Esta práctica se debe a que, en esta época del año, la población aumenta significativamente por el turismo y la llegada de residentes temporales, mientras que al mismo tiempo los empleados disfrutan de sus vacaciones anuales. La combinación de mayor afluencia de pacientes y la ausencia de trabajadores fijos obliga a las farmacias a contratar personal eventual para reforzar el servicio y garantizar la atención adecuada a la comunidad. Normalmente se utiliza el contrato eventual por circunstancias de la producción (art. 15.1.b del Estatuto de los Trabajadores), ya que la causa justificativa es la oscilación previsible de la actividad derivada de las vacaciones y el aumento estacional de demanda, no la sustitución con reserva de puesto.

¿Cuál es la duración máxima de los temporales?

Los contratos temporales para cubrir vacaciones y reforzar la plantilla durante el verano pueden celebrarse con total flexibilidad dentro del plazo máximo establecido.

Duración máxima y modalidades

El periodo máximo es de 6 meses por defecto, pero no es obligatorio agotar esta temporalidad máxima. Puedes estructurar el contrato de diversas formas:

  • ✅ Contrato único continuo: 6 meses desde el inicio
  • ✅ Contrato + prórroga: 3 meses iniciales + 1 prórroga de 3 meses
  • ✅ Otra combinación: 2 meses + 4 meses de prórroga, o cualquier otra suma que no supere el máximo

¿Qué pasa con el periodo de prueba?

En un contrato indefinido sea a jornada completa o parcial, el periodo de prueba estipulado en el Convenio Colectivo Estatal de Oficinas de Farmacia es: 180 días para Farmacéuticos/Facultativos, 90 días para Técnicos y Adminstrativos,60 días para Auxiliares y 24 días para personal subalterno.

Sin embargo, al hacerse un contrato de duración determinada (temporal), existe una limitación al periodo de prueba y es que, no puede exceder de 1/3 de la duración del contrato.

Ejemplo práctico:

CategoríaIndefinidoTemporal 6 mesesReducción
Farmacéutico180 días60 días120 días menos
Técnico de Farmacia90 días60 días30 días menos

¿Qué pasa cuando llega la fecha fin del contrato?

Una vez alcanzada la fecha fin del contrato temporal y habiendo agotado la temporalidad máxima marcada o la única prorroga que procede, hay dos opciones:

  1. El fin de contrato.  Esta modalidad contractual lleva asociada una pequeña indemnización de 12 días por año contratado. Esto supone que una vez agotada la temporalidad, pongamos por ejemplo de un contrato finalizado el 31-08-2026 tendrá la siguiente liquidación: Indemnización 12 días, pagas extras (en caso de no tenerlas prorrateadas mensualmente) y el pago de las vacaciones (en caso de que durante el tiempo que haya durado el contrato no las haya disfrutado).
  • Transformación a indefinido. Una vez alcanzada la fecha fin del contrato, y si el titular de farmacia lo desea, el trabajador puede ser transformado a indefinido (a jornada completa o parcial), continuando así su trayectoria profesional en la empresa con un contrato fijo.

¿Y si necesito contratar a este trabajador en otra ocasión con un contrato temporal, puedo hacerlo?

La norma establece que, si se agota la temporalidad máxima, no se puede volver a contratar a un trabajador bajo la modalidad de contrato temporal hasta que no hayan transcurrido 12 meses desde el inicio del contrato.

Ejemplo: Si contratamos a un Farmacéutico del 01/07/2026 al 31/12/2026, no podríamos volverlo a contratar hasta mínimo el 1/07/2027.

Pero ¡OJO! La ley establece que las personas trabajadoras que en un periodo de 24 meses hubieran estado contratadas durante un plazo superior a 18 meses, con o sin continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo en la misma empresa, mediante dos o más contratos por circunstancias de la producción (temporales), adquirirán la condición de trabajadores fijos.

En Audifarma, como asesoría especializada en farmacias y expertos en materia laboral, ayudamos a nuestros clientes a gestionar correctamente la contratación temporal, optimizar la planificación de sus equipos y evitar riesgos legales innecesarios. Analizamos cada caso de forma personalizada para que puedas tomar decisiones seguras, eficientes y adaptadas a la realidad de tu farmacia, especialmente en momentos clave como campañas de verano o picos de actividad. Si tienes dudas sobre qué tipo de contrato aplicar o cómo organizar tu plantilla, nuestro equipo está a tu disposición para acompañarte en todo el proceso.

Lucia Botella López Asesora Laboral