Comenzamos 2.022 y desde AUDIFARMA deseamos a todos nuestros clientes y suscriptores en su gran mayoría titulares de oficina de farmacia un 2022 cargado de éxitos tanto a nivel personal como empresarial. Os animamos a que sigáis contribuyendo a mejorar la salud de la población desde vuestras farmacias y seguir siendo el establecimiento más cercano (no sólo por distancia) donde el cliente/paciente puede encontrar un producto, un servicio, información o un simple consejo para mejorar su salud. De la misma manera nosotros nos comprometemos a trabajar y desarrollar nuestros servicios en aras de mejorar la salud de vuestros negocios para que nos veáis como un colaborador estratégico que lucha por mejorar la vertiente empresarial de vuestras farmacias.
El primer post del año siempre tratamos de resumir las principales novedades fiscales a las que nos enfrentaremos a partir de ahora. Cabe destacar que ha habido muy pocos cambios a nivel fiscal y si lo miramos bajo el prisma de las farmacias los cambios son de muy poco calado aún así vamos a hacer un repaso a algunos de ellos.
- Medidas fiscales a nivel estatal Ley 22/2021 de Presupuestos Generales del Estado para 2022.
- Deducción por obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración, consiste en una deducción del 20% de las cantidades destinadas a este fin con el límite máximo de 5.000 euros. Las obras deben hacerse en la vivienda habitual o en otra que este arrendada para su uso como vivienda o en expectativa de alquiler. Las obras que dan derecho a la deducción son aquellas que reducen la demanda de calefacción y/o refrigeración de la vivienda en al menos un 7%, la forma de acreditarlo es mediante un certificado de eficiencia energética antes de la obra y otro después expedido por un técnico competente.
- Deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovables, deducción del 40% de las cantidades destinadas a obras que reduzcan en un 30% el indicador de consumo de energía no renovable, o bien, consigan una mejora de calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética A o B, al igual que en la anterior se ha de acreditar con un certificado de eficiencia energética antes y otro después de la obra. En este caso el límite máximo son 7.500 euros. Se aplica al mismo tipo de viviendas que la anterior.
- Deducción por obras de rehabilitación energética, en este caso la deducción es del 60% se aplica sobre viviendas propiedad del contribuyente y plazas de garaje y trasteros adquiridos con esta. Las obras que dan derecho a la deducción son aquellas que hayan reducido el consumo de energía primaria no renovable en un 30% como mínimo o bien, la mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética tipo A o B, como las dos anteriores requieren dos certificados de eficiencia energética emitidos por un técnico competente en la materia. Y la base de deducción son 5.000 euros. Es posible que la obra la haga la comunidad propietarios en cuyo caso aplicaría la parte proporcional al coeficiente de participación de la vivienda.
- Medidas de Prevención del Fraude Fiscal