¿Qué es un plan de pensiones?
Es un producto de ahorro a largo plazo cuyo principal fin es el de generar una renta o un capital del que disponer en la jubilación. La idea es recuperar lo ahorrado más una rentabilidad en función del perfil de riesgo del inversor. Las aportaciones se pueden hacer de forma periódica o puntual (no hay obligación de hacer aportación una vez aperturado el plan).
¿Desgrava el plan de pensiones en el IRPF?
La respuesta es sí, ya que reduce la base imponible del impuesto, por ello es muy recomendable para personas con ingresos altos pues en el IRPF cuanto más ganas más pagas (es un impuesto progresivo) por ello al hacer la aportación del plan de pensiones cuanto más ganas más ahorras. La desgravación anual máxima será la menor de las siguientes cantidades: 8.000 € o el 30 % de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas. En caso de exceder el límite de desgravación, se podrá trasladar el exceso a la declaración de IRPF de los cinco ejercicios siguientes.
Además, las personas cuyo cónyuge no disponga de rentas superiores a 8.000 € anuales, podrán aportar al plan del cónyuge un máximo de 2.500 € anuales.
De manera adicional, las personas con una minusvalía física o psíquica reconocida igual o superior al 65%, el límite máximo anual de las aportaciones se incrementa hasta los 24.250€, incluyendo las aportaciones realizadas en su favor por terceras personas, que no podrán exceder los 10.000€ anuales.
Otro beneficio del plan de pensiones es que no tributa en el Impuesto del Patrimonio.
Cuando rescato mi plan de pensiones ¿cómo tributo?
A la hora de rescatar el plan de pensiones el capital que se obtenga tributará en IRPF como rendimiento del trabajo independientemente de la contingencia que genere el derecho al rescate. De este modo, cuando se produce por fallecimiento del titular, los beneficiarios o herederos tributarán en IRPF como rendimientos del trabajo y en ningún caso en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Por ello, si no queremos perder el ahorro que tuvimos en los años que hicimos las aportaciones tenemos que planificar muy bien el momento, la forma y la persona que va a cobrar el plan de pensiones. Pues si no se planifica podemos acabar pagando más impuestos de los que nos hemos ahorrado.
¿De qué forma puedo cobrar el plan de pensiones pagando lo mínimo?
Lo primero que hay que decir a esta pregunta, es que no hay una forma óptima de cobrar el plan de pensiones para pagar menos impuestos. Hay que hacer un estudio previo de cada caso en concreto y planificar la forma y el momento del cobro del plan de pensiones. En dicho estudio hay que tener en cuenta muchas variables: el nivel de ingresos de la persona, el nivel de ingresos de sus hijos o sus nietos, la liquidez, el patrimonio de la persona, el momento en el que accedió a la jubilación, en qué queremos emplear el dinero, etc…
Lo que sí es importante saber es que las aportaciones realizadas antes del 31/12/2006 gozan de una reducción del 40% si el plan de pensiones se cobra en forma de capital. Pero para gozar de esta reducción hay un plazo distinto según el momento de producirse la contingencia que da derecho al cobro (la contingencia puede ser la jubilación que es lo más habitual, el fallecimiento o cualquier otra que nos de derecho a cobrar el plan):
- Contingencia en al año 2010 o anteriores, para gozar de la reducción del 40% tienen hasta el 31/12/2018 para cobra el plan en forma de capital.
- Contingencia acaecida entre 2011 y 2014, tienen 8 años a partir del año de la contingencia para cobrar el plan en forma de capital y beneficiarse de la reducción del 40%.
- A partir de 2015 tienen dos años para acogerse a la reducción del 40%.
Veamos unos ejemplos:
Un farmacéutico ha estado haciendo las siguientes aportaciones al plan de pensiones los últimos 14 años:
Total aportaciones 112.000€, rentabilidad del plan (perfil conservador 2%) total capital a cobrar 114.240€, ahorro fiscal en 14 años 50.400€.
Ahora nuestro farmacéutico se plantea cómo cobrar los 114.240€ de capital que tiene acumulados en su plan de pensiones, las opciones serían las siguientes:
1) Cobrar todo de golpe y beneficiarse de la reducción del 40% de las aportaciones realizadas hasta el 31/12/2006, es decir, 24.000€. En este caso tributaria en renta por 104.640€ como rendimiento del trabajo, suponiendo que además tiene una pensión de 24.000€ al año, en renta tributaria por unos 45.548,28€. Con lo cual el ahorro global de la operación en los 14 años habrá sido de 4.851,72€.
2) Cobrar los 114.240€ en forma de renta, supongamos en 10 años a 11.424 €/año, en este caso no tendría la reducción del 40% pero al cobrarlo poco a poco se le quitaría progresividad al impuesto y el resultado sería el siguiente. Cada año durante los diez que cobre el plan pagaría en renta 3.523,92€ en total 35.239,20€, con lo que en los 24 años el ahorro global de la operación habrá sido de 15.160,80€.
3) Nuestro farmacéutico antes de jubilarse vendió la farmacia y obtuvo capital suficiente para no tener que cobrar el plan de pensiones para mantener su nivel de vida, con lo que decide hacer testamento y dejar en herencia los 114.240€ a sus 8 nietos a partes iguales (haciendo uso del tercio de libre disposición y sin perjudicar la legítima de sus hijos), con lo que cada uno tributara en renta el año que lo cobren por 14.280€, con lo que es muy probable que si sus nietos aún están en edad de estudiar no tributen nada o muy poco en todo caso. Esta sería una forma de conseguir un ahorro fiscal de los 50.400€ enteros.
En líneas generales, salvo que las aportaciones anteriores al 2006 signifiquen un porcentaje muy elevado del total del plan, casi siempre habrá más ahorro fiscal cobrándolo en forma de renta, pero también es muy importante saber qué se va a hacer con el dinero del plan, pues si es una cantidad importante y se puede reinvertir en algún producto que nos de un rendimiento interesante tal vez convenga cobrarlo de golpe.
Resumiendo, hay muchas variables que afectan tanto a la decisión de la forma de cobrar el plan de pensiones como a la decisión de hacer la aportación. Por ello desde Audifarma, recomendamos hacer un estudio de cada caso en concreto tanto a la hora de hacer las aportaciones como a la hora de rescatar el plan, pues cada persona tiene una circunstancias distintas y hay que analizar todas las variables para tener una hoja de ruta y conseguir el ahorro máximo pero siempre adaptado a nuestras circunstancias.
Eduardo Marín Agulló
Subdirector y asesor fiscal Audifarma