Novedades fiscales en la Comunidad Valenciana.

El anteproyecto de Ley de Acompañamiento a los presupuesto de 2017 de la Generalitat Valenciana trae consigo una reforma tributaria con medidas que afectan a varios impuestos principalmente el IRPF (en su tramo autonómico) y sobretodo el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, a continuación analizamos algunas de estas propuestas: IRPF: esta reforma reducirá el IRPF a las rentas bajas y medias y lo subirá a los tramos superiores de renta. Hasta ahora, en la Comunidad Valenciana, en materia de este impuesto se aplicaba un sistema regresivo en el que las rentas bajas y medias pagaban más que en el resto de autonomías, mientras que las rentas más elevadas pagaban menos que en otros territorios. Pues bien, con esta medida se pretende todo lo contrario y para ello se bajan los tipos impositivos en las rentas de hasta 50.000 euros y se incrementan para el resto. También se establece una nueva deducción en el IRPF para familias monoparentales de entre 300 y 600 euros según las condiciones. Se permitirá deducir el 20% de las cantidades invertidas en instalaciones de autoconsumo eléctrico y de producción de energía térmica en la vivienda habitual hasta una base máxima de 8.000 euros, con la intención de fomentar el uso de energías renovables. Por último, se contempla una deducción del 15% de las obras realizadas en la vivienda habitual para su conservación, mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad con un máximo de 5.000 €. Impuesto de Sucesiones y Donaciones: respecto a este impuesto hay novedades tanto para el caso de herencia como en el caso de donaciones. Herencias: se mantiene la bonificación en cuota por parentesco del 75% pero sólo al Grupo I (hijos menores de 21 años) y se reduce del 75 al 50% la bonificación en cuota al Grupo II (hijos mayores de 21 años, ascendientes y cónyuges). Se mantiene la reducción en base imponible de 100.000 euros. En definitiva se encarecen un 25% las herencias a los padres, cónyuges e hijos mayores de 21 años. Donaciones: se elimina la bonificación en cuota del 75% por parentesco y se mantiene la reducción en la base imponible de 100.000 euros con el límite de que el donatario (quien recibe la donación) tenga un patrimonio preexistente inferior a 600.000 euros. Por último, en este impuesto hay una modificación que afecta a la transmisión de empresas familiares y es que se equipara a los parientes colaterales con los actuales beneficiarios de la reducción autonómica mortis causa de la empresa familiar “de esta forma, no sólo podrán beneficiarse de las deducciones por la transmisión de la empresa familiar los familiares directos, sino también aquellos colaterales hasta el tercer grado (hermanos/as, sobrinos/as, yernos/nueras, suegros/as). Por todo ello, desde Audifarma, recomendamos revisen si tienen pendiente realizar alguna donación a algún familiar pues, en breve, estas operaciones se van a encarecer un 75% en la Comunidad Valenciana. Eduardo Marín Agulló Responsable Asesoría fiscal y contable de Audifarma