
Es común escuchar que el coste laboral de un empleado para un farmacéutico se incrementa en un 32% debido a las cotizaciones a la Seguridad Social. Sin embargo, esta afirmación simplifica la realidad. En verdad, la situación es más compleja y, con una planificación adecuada, es posible disminuir significativamente este gasto.
Las cotizaciones a la Seguridad Social, que representan aproximadamente un 32% del salario bruto, son deducibles como gasto en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
En el caso de una oficina de farmacia cuyo titular tribute por ejemplo a un tipo marginal del 42%, se produce una deducción fiscal equivalente a este porcentaje al incorporar como gasto el salario bruto del empleado.
Por tanto, el coste efectivo no se corresponde con el 32% inicial, sino que se reduce al 10% (diferencia entre el 42% del tipo impositivo y el 32% de las cotizaciones). Este porcentaje puede variar según el tipo impositivo aplicable al titular de la farmacia.
Para un farmacéutico que tenga un tipo marginal del 32%, lo que se produce es un efecto de compensación significativo, ya que neutraliza efectivamente el coste inicial de las cotizaciones sociales. En consecuencia, desde una perspectiva financiera neta, las cotizaciones a la Seguridad Social no supondrían un coste real para el autónomo, ya que el gasto inicial se ve compensado en su totalidad por la correspondiente deducción fiscal.
¿Y si un farmacéutico tiene una sociedad?
Para una entidad jurídica que esté sujeta al tipo general del Impuesto sobre Sociedades del 25% (o del 23% para empresas con una facturación inferior a 1 millón de euros), se genera una deducción fiscal equivalente a dicho porcentaje al incluir la remuneración bruta del empleado como gasto deducible.
En consecuencia, el coste efectivo de las cotizaciones sociales no se corresponde con el 32% inicial, sino que se reduce al 7% (diferencia entre el 32% de las cotizaciones y el 25% del tipo impositivo). Es importante señalar que este porcentaje puede variar en función del tipo impositivo aplicable a la entidad en cuestión.
Imaginemos que un farmacéutico autónomo decide contratar a un empleado con un salario bruto mensual de 2.000 euros. A continuación, veremos cómo el tipo impositivo del farmacéutico puede influir en el coste real de contratar a este empleado, teniendo en cuenta las cotizaciones a la Seguridad Social y las deducciones fiscales aplicables.
- Coste inicial:
- Salario bruto: 2.000€
- Cotizaciones a la Seguridad Social (32%): 640€
- Coste total mensual: 2.640€
- Deducción fiscal (asumiendo un tipo impositivo del 42%):
- Gasto deducible: 2.640€
- Ahorro fiscal: 2.640€ x 42% = 1.108’80€
- Coste real después de la deducción:
- Coste inicial: 2.640€
- Ahorro fiscal: -1.108’80€
- Coste real: 1.531’20€
En este ejemplo, vemos que aunque inicialmente parece que el empleado cuesta un 32% más debido a las cotizaciones sociales, el coste real después de las deducciones fiscales es solo de 1.531’20 euros, lo que representa un ahorro significativo.
Este ejemplo ilustra cómo la optimización fiscal puede transformar lo que parecía un coste elevado en un gasto mucho más manejable para el farmacéutico.
¿Cuándo contratar es rentable?
La contratación de personal resulta financieramente beneficiosa para el farmacéutico cuando su tipo impositivo supera el 32%. Esto se debe a que los gastos laborales, incluyendo las cotizaciones a la Seguridad Social, no solo reducen la base imponible sobre la que se pagan impuestos, sino que también optimizan la carga fiscal global. Por lo tanto, en las comunidades autónomas donde el tipo marginal máximo alcanza hasta el 54%, esta rentabilidad es aún mayor.
Los costes asociados a la contratación no solo disminuyen la base imponible, sino que también optimizan la estructura fiscal de la farmacia. Cuando el tipo impositivo del farmacéutico es superior al coste de las cotizaciones a la Seguridad Social del trabajador, se produce un efecto de ahorro fiscal neto.
La deducción de estos gastos laborales genera una reducción en la carga impositiva que supera el desembolso realizado en concepto de cotizaciones sociales. En otras palabras, al deducir los gastos laborales, el farmacéutico se ahorra más dinero en impuestos de lo que paga por las cotizaciones sociales.
Este mecanismo fiscal permite que la contratación de personal no solo contribuya al crecimiento operativo de la farmacia, sino que también represente una estrategia efectiva para la optimización fiscal.
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